Consejo Superior/Directivo del Gobierno Escolar
El Consejo Superior/Directivo del Gobierno Escolar (en adelante el “Consejo”) es la suprema autoridad de la Fundación y el órgano encargado de fijar las políticas y las directrices de la institución. Su principal función es asegurar que se logren los Objetivos Estratégicos que lleven a alcanzar la Visión del Colegio Anglo Colombiano.
Composición
En la actualidad el Consejo está formado por nueve Miembros ordinarios con sus respectivos suplentes:
- El Rector del Colegio
- Tres miembros escogidos por la Junta Directiva de Asopanglo
- El Presidente del Consejo de Padres
- Un miembro escogido por Asoexanglo
- Dos miembros escogidos por los Docentes
- El Gobernador de los estudiantes
- Un miembro de trayectoria escogido por los demás miembros del Consejo
Adicionalmente, cuenta con dos miembros honorarios, Su Excelencia el Embajador de Su Majestad Británica en Colombia y el Director del Consejo Británico. Los miembros honorarios tendrán voz y podrán asistir a las reuniones, ya sea personalmente o a través de delegados, pero no tendrán voto ni responsabilidad en las decisiones que tome el Consejo, por tratarse de miembros honorarios.
Para el año lectivo 2009-2010, los miembros del Consejo son:
Principal | Suplente | Ente escolar al que representa |
Alan Shanks | Sarah Osborne | |
Gustavo Madrid-Malo Presidente | Juan Manuel Noguera | Asopanglo |
Felipe Raskin (Vicepresidente) | Antonio Suárez | Asopanglo |
Juan José Mogollón | Salma Zayed | Asopanglo |
Liliana Trujillo | Patricia Marulanda | Consejo de Padres |
Camilo González | Alejandro Urdaneta | Asoexanglo |
Helvia Saavedra | Stephanie Brook | Docentes |
Kelby Marks | Milton Betancourt | Docentes |
Philip Symington | | Alumnos |
Funciones
El Consejo se reúne por lo menos una vez al mes para revisar, entre otras cosas, el desarrollo del Plan Estratégico, asignar los recursos necesarios para su cumplimiento y dictar las políticas y directrices requeridas para asegurar el buen funcionamiento y el mejoramiento continuo de la Institución.
Las funciones del Consejo están dictadas por el Decreto No. 1860 de 1994 y por los Estatutos de la Fundación Colegio Anglo-Colombiano. A continuación se citan algunas de las funciones del Consejo:
- Elegir y evaluar al Rector del colegio.
- Asegurar la viabilidad financiera del colegio (nombrar el revisor fiscal).
- Aprobar el presupuesto financiero, el cual debe contener el presupuesto de gastos de la administración.
- Autorizar gastos no contemplados en el presupuesto, o cuya cuantía sea superior a la correspondiente partida.
- Autorizar la celebración de contratos, a excepción de los contratos laborales, cuya cuantía exceda de quinientos (500) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
- Aprobar el monto de los costos educativos, pensiones y matrículas.
- Nombrar aquellos comités especiales que considere necesarios y establecer sus funciones.
- Establecer y controlar la ejecución de las políticas generales sobre el funcionamiento del Colegio, con excepción de las políticas sobre asuntos que estén expresamente asignados al Consejo Directivo del Gobierno Escolar.
- Autorizar toda adquisición, transferencia, gravamen, limitación al dominio, o arrendamiento de las propiedades de la Fundación.
- Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos con los alumnos del establecimiento educativo y después de haber agotado los procedimientos previstos en el reglamento o manual de convivencia
- Participar en la planeación y evaluación del proyecto educativo institucional, del currículo y del plan de estudios y someterlos a la consideración de la Secretaría de Educación respectiva o del organismo que haga sus veces, para que verifiquen el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley y los reglamentos.